E n esta ocasion defiendo estas dos normatividad. Normatividad de las terapias naturales: Con la expedición de la Resolución 2927 de 1998, por la cual se reglamenta la práctica de tratamientos alternativos en la prestación de servicios de salud, se establecen las normas técnicas, científicas y administrativas para su aplicación, se resolvió que “las terapias alternativas definidas en esta resolución serán aceptadas como formas de prestación de servicios en salud, en el Sistema General de Seguridad Social”. De lo anterior se infiere que el Estado en su potestad reglamentaria, aceptó la aplicación de la medicina alternativa en Colombia y ha regulado su ejercicio, delegando la decisión de utilizarla o no, en las entidades prestadoras de salud. La Ley 1164 DE 2007 Por la cual se dictan disposiciones en materia del Talento Humano en Salud.Dispone en el Artículo 7°. De los Comités de Talento Humano en Salud. El Consejo Nacional del Talento Humano en salud, esta...
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